Aranceles aduaneros en España. ¿Qué tipos de aranceles se deben pagar?

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15 de septiembre de 2023

Los aranceles son unos impuestos aduaneros que se cargan sobre los bienes o servicios que entran o salen de un país. Las mercancías importadas que entran en España y que no provienen de un país que pertenece a la UE deben pasar por las aduanas y pagar unos aranceles. Salvo dos excepciones: Ceuta y Melilla, dos territorios que no son considerados parte del espacio aduanero de la Unión Europea.

En las exportaciones se pueden aplicar aranceles de salida, unas tasas que se imponen a productos que son exportados a otros países. Este tipo de aranceles son poco comunes y se suelen aplicar en productos primarios con el fin de incrementar los ingresos o de influir en el precio global de dichos productos.

En el caso de las importaciones, los aranceles de entrada tienen como objetivo proteger a las industrias nacionales de la competencia de productos y empresas extranjeras, a la vez que aportan ingresos para los gobiernos. Son una medida antidumping, que se utiliza para evitar que empresas extranjeras apliquen precios inferiores a los que aplican en su propio país, y que, de esta forma, impide que se produzca un efecto negativo en las empresas y el empleo nacionales.

Por lo tanto, los productos o servicios importados de fuera de la UE, a la hora de pasar los trámites aduaneros en España deben de pagar el IVA y también los aranceles que les correspondan, según el tipo y cantidad de mercancías, lo que implicará que su precio de venta deberá incrementarse en relación con el precio del país de origen.

Pero ¿Qué tipos de aranceles existen en nuestro país y cómo se aplican?

En nuestro país hay cuatro tipos principales de aranceles que son los que más comunes de aplicación:

  • Ad Valorem. Este arancel es conocido también como arancel de valor agregado o arancel según su valor. Este arancel se aplica como un porcentaje fijo sobre el precio o valor de la mercancía en la aduana. Es la forma más común de tipo impositivo. Cuanto más alto es el valor de la mercancía, mayor es el importe del arancel a pagar, independientemente del tamaño o peso de la mercancía. Se aplica sobre el valor de la importación determinado en el incoterm, es decir, sobre el total de sumar al coste del producto, el seguro y los gastos del transporte internacional.
  • Específico. Este tipo de arancel se aplica por unidad o cantidad física de mercancías importadas. Se establece un porcentaje fijo por unidad de producto, dependiendo del tipo de producto, y se aplica el total en función de la cantidad de unidades.
  • Mixto o combinado. Este arancel es una combinación de los dos anteriormente mencionados: el arancel Ad-Valorem y el arancel Específico. En este caso el importe a pagar se establece aplicando el porcentaje fijo sobre el valor de la mercancía y sumándole el resultado de calcular el total a pagar por todas las unidades importadas según el porcentaje por unidad.
  • Arancel reducido o nulo. Dependiendo del país de origen de la mercancía se podrá aplicar tipo arancelario reducido o nulo, derivado de la concesión de:
    • Medidas arancelarias preferenciales contenidas en acuerdos que la Unión Europea haya celebrado con determinados países o grupo de países y que prevean la concesión de un tratamiento arancelario preferencial.
    • Medidas arancelarias preferenciales adoptadas unilateralmente por la Unión Europea en favor de determinados países, grupos de países o territorios; por ejemplo, el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG).
    • Medidas autónomas de suspensión que prevean la reducción o exención de los derechos de importación aplicables a determinadas mercancías.

En España, Aduanas no tiene un tipo fijo para los aranceles, sino que tiene una tarifa arancelaria que varía desde el 4 % del valor del producto hasta un 48 %. Y depende del tipo de mercancía, del valor de la mercancía y de si se trata de un envío entre particulares o el remitente es una empresa.

Los envíos de mercancías procedentes de países de fuera de la Unión Europea menores de 150 euros para empresas y los menores de 45 euros entre particulares están exentos de pagar aranceles.

También están exentas de pagar aranceles algunas mercancías (ropa, libros, muebles, equipos informáticos, …) que se envíen por traslado de residencia, si la antigüedad se demuestra que es mayor de 6 meses.